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CONCULCADORES / Samuel Cepeda Tovar


Generalmente ocurre, y aunque mal de muchos no es consuelo de nadie, desde luego que resulta una ofensa a los ciudadanos que funcionarios o servidores públicos de cualquier ámbito o institución, de pronto se sientan dueños de los espacios públicos que ocupan de manera temporal. Y es que regularmente, y al menos para el caso de los alcaldes, gobernadores y presidentes, siempre han estado confundidos conceptualmente, pues  consideran que la palabra “mandatario”, significa que ellos mandan, ordenan y dictan la última palabra en sus áreas de influencia o poder.
Nada más falso puede haber que esa interpretación de dicho concepto. Y es que mandatario no es quien manda, sino quien recibe el mandato de la sociedad para que la represente, trabaje, gestione y administre los recursos públicos en beneficio de la comunidad. Así de sencilla es la definición conceptual, sin embargo, como lo mencioné en principio, hay mandatarios que simplemente se apropian de espacios públicos y privatizan los mismos en detrimento de los verdaderos patrones, me refiero a los ciudadanos. Dos casos emblemáticos: Morelos y Zaragoza, Coahuila.
Con base en la Ley de Acceso a la Información de nuestra Estado, en lo personal realicé dos solicitudes de información, presentadas en tiempo y forma y de manera presencial a los cinco manantiales: Allende, Nava, Villa Unión, Morelos y Zaragoza. Al respecto obtuve respuestas de los primeros tres municipios, y aunque la información deja mucho que desear en cuanto a contenido y especificidad, un aspecto importante es que se apegaron a la legalidad y trataron de cumplir con el mandato de la Ley de Transparencia. Sin embargo, Morelos y Zaragoza y sus respectivos ayuntamientos negaron la información solicitada, la misma que pedía lo siguiente: Curriculums de cada uno de los integrantes del Cabildo, Plan Municipal de Desarrollo, Gasto anual de medios de comunicación y padrón de medios contratados con monto pagado a cada uno de ellos, Ingreso recaudado anual por cuestión de predial, Desglose de eventos realizados con auspicio de la presidencia de manera anual, así como el gasto erogado a cada uno de los eventos, Porcentaje de cartera vencida o morosidad en padrón de simas, obras proyectadas para el año 2015, Monto de la Deuda Municipal y cuanto se paga de interés al año e informe anual de Contraloría.
Ante dichas preguntas, lo primero que sale a relucir es el desconocimiento o la ignorancia de las autoridades de dichos municipios con respecto a dicha ley, pues para el caso de Morelos, el alcalde no autorizó la entrega de información pública, propiedad de los ciudadanos, no propiedad del edil, y para Zaragoza, la respuesta fue sencilla: indiferencia al respecto de la solicitud. Lo cual denota que conocen poco o nada de sus obligaciones como servidores públicos. Y por otro lado, lo que fulgura sin lugar a dudas es el quebranto de la legalidad al no cumplir preceptos básicos constitucionales como el derecho a la información consagrada en el artículo sexto constitucional.
En resumidas cuentas, autoridades que ignoran funciones inherentes a su desempeño y peor aún, autoridades que violan, quebranten y pisotean “garantías constitucionales” como la ya referida. Ante este flagrante abuso de autoridad, existe el llamado recurso de revisión ante el ICAI, mismo que ya fue interpuesto, esperemos que dicho recurso sea eficiente y coadyuve a evitar ese mal que sigue presente y que obstaculiza el desarrollo de nuestro país, y es la perniciosa apropiación privada de espacios públicos.

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