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Candidatos a cargos de elección popular en Coahuila deberán cumplir la Ley de 3 de 3


México:- Quien quiera ser candidato a Gobernador, Diputado o integrante de un Ayuntamiento en Coahuila tendrá que presentar declaraciones patrimonial, fiscal y de no conflicto de intereses, es decir, la declaración tres de tres.
Así será, debido a que la Suprema Corte de Justicia desestimó una acción que proponía invalidar ese requisito en el Código Electoral de Coahuila.
La propuesta de inconstitucionalidad alcanzó una mayoría de siete votos, y de acuerdo con la Ley Reglamentaria, se necesita una mayoría calificada de ocho para invalidar una disposición.

“El proyecto refiere todas las consideraciones jurídicas y en esencia lo que está sosteniendo es la invalidez del precepto en tanto no está contenido ni deriva de los requisitos de elegibilidad como el Pleno lo ha señalado en otros asuntos”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.
“Tenemos un nuevo Sistema Anticorrupción y me parece que es completamente legítimo en la facultad de configuración de las entidades federativas, que la ciudadanía sepa cuál es el patrimonio, sus declaraciones de impuestos de los candidatos, y en su caso, los conflictos de intereses”, Arturo Zaldívar, Ministro SCJN.
“Considero que es una finalidad constitucionalmente legítima, evita la corrupción gubernamental”, Norma Lucía Piña Hernández, Ministra SCJN.
Es la primera vez que el Pleno de ministros se pronuncia sobre la declaración tres de tres en una ley.
Con base en precedentes, declaró inválidos los requisitos para candidatos de presentación de carta de antecedentes penales y certificado médico antidoping.
Otros temas sobre los que el Pleno determinó invalidez fueron: sobre la celebración de la jornada electoral el primer domingo de julio si las elecciones locales concurren con alguna federal.
De la apertura de cuentas bancarias, secreto bancario y prorrateo con elecciones federales; lo relativo a coaliciones, padrón electoral, lista de electores y credencial para votar; la fijación de topes de gastos de precampaña; la ubicación e integración de casillas y capacitación de funcionarios
Por otra parte validó o desestimó, y por lo tanto seguirán vigentes, las disposiciones relativas a:
El plazo de separación del cargo de presidentes municipales e integrantes de ayuntamientos en caso de reelección; las condiciones adicionales para la reelección legislativa; los porcentajes de paridad de género; y el ejercicio del derecho de réplica en la materia.
El proceso electoral en Coahuila iniciará el próximo uno de enero.
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